Cuando se enfrentan situaciones difíciles de salud o en casos avanzados de discapacidad, las emergencias pueden presentarse en el momento menos esperado. Esto se evidencia cuando se trata de personas de la tercera edad. Por eso, contar con una ayuda extra siempre será una alternativa más que conveniente.

El PIA (Plan Individualizado de Atención) es una especie de informe que permite recoger las diferentes posibilidades de prestaciones. De esta forma, el paciente o solicitante puede elegir el servicio que más se adecue a su caso en particular. 

Conociendo a profundidad el PIA

En primer lugar, hay que dejar por sentado que para que una persona pueda solicitar o acceder al PIA, debe acudir a su Comunidad Autónoma. Este depende directamente del domicilio que tengas.

El ente se encargará de realizar un reconocimiento o evaluación que permitirá establecer el grado de dependencia del beneficiario. Esto es posterior a una visita a su domicilio o lugar donde viva la persona solicitante.

Paso a paso para obtener el PIA

Podríamos decir que para obtener el beneficio de este plan individualizado de atención el proceso se divide en diferentes pasos. Empieza con la parte de solicitud, valoración, elaboración y finalmente la aceptación. Una vez obtenido, se podrán hacer revisiones o cambios según las condiciones del caso.

Paso 1: solicitud y valoración

Las personas que pueden ser beneficiarios del PIA son aquellas que estén afectadas por algún grado de dependencia. Para que un paciente sea considerado como dependiente, el estado se basa en algunos requisitos establecidos en la Ley de Dependencia, tales como:

  • Ser ciudadano español, tanto de nacimiento como de residencia.
  • En el caso de extranjeros, que residan de manera legal.
  • En caso de los menores de edad con menos de 5 años con permiso legal de residencia, será necesario un representante a cargo de su guardia y custodia.

Una vez formalizada la solicitud, será momento de la valoración en el domicilio inscrito. Los encargados de realizarla serán trabajadores sociales.

Paso 2: elaboración y aceptación

Para la elaboración del PIA se tienen en cuenta diferentes criterios que implican la situación familiar del paciente. También se hace una valoración del domicilio en general.

En algunos casos, los encargados de elaborarlo pueden ser los mismos trabajadores que han hecho parte de la etapa de valoración. Todo depende de las regulaciones propias de cada Comunidad Autónoma.

Para hacer la oferta del PIA se tienen en cuenta diferentes factores, empezando por la disponibilidad de recursos. Por eso, la propuesta es completamente personalizada. En algunos casos pueden incluirse varias opciones, así como prestaciones simultáneas para escoger la más adecuada a su situación particular.

Una vez presentadas estas opciones y después de que el beneficiario las valore, empieza el proceso de aceptación. No obstante, en caso de que exista alguna objeción, se pueden solicitar algunos cambios.

Después de estar acuerdo las partes, se emite la resolución firmada donde quedan establecidas las prestaciones definitivas de las que podrá hacer uso el beneficiario.

Revisiones o modificaciones

Como ya hemos dicho, tras otorgar el beneficio del PIA, pueden solicitarse revisiones o incluso modificaciones. Técnicamente estas modificaciones o cambios e el PIA pueden solicitarse por tres causas:

  • Revisiones de oficio, solicitadas por las consejerías encargadas.
  • Modificación del grado de dependencia, presentado por el beneficiario o su representante legal.
  • Cambio de domicilio del paciente a otra Comunidad Autónoma.

Preguntas frecuentes

Aunque todo el proceso es relativamente sencillo de completar, sabemos que aún pueden existir algunas dudas y hoy queremos dejarlas todas claras.

¿Son compatibles todas las prestaciones?

La mayoría de prestaciones económicas son incompatibles entre sí, sobre todo con las prestaciones de servicio.

Aunque debemos dejar claro que existen algunas excepciones, tales como:

En el marco de las prestaciones sociales, son compatibles en casos de:

  • Promoción de teleasistencia y especialmente de la autonomía personal
  • Servicios que vayan en la prevención de las situaciones de dependencia

En cuanto a las prestaciones de servicio, es necesario dejar claro que resultan incompatibles entre sí, únicamente exceptuando el servicio de teleasistencia. Este será compatible en casos de:

  • Promoción de la autonomía personal
  • Servicios de prevención de dependencia
  • Ayuda a domicilio
  • Centros de día y noche

No obstante, también debemos dejar claro que las administraciones públicas tienen completa potestad de establecer la compatibilidad de las prestaciones. Pueden intervenir acerca del cuidado y apoyo como en la atención que permitan al paciente permanecer en su domicilio.

Ayudas económicas disponibles

En el caso de los residentes de Madrid pueden hacer uso del Cheque Servicio una vez que es reconocido el grado de dependencia. Este tipo de prestación económica puntualmente permite a las personas mayores dependientes tener un respaldo económico que les permita contratar tanto la ayuda como asistencia que necesitan. 

En el caso de aquellos que vivan en Barcelona, pueden ampararse en el PEVS.

En SADA, como cuidadores de ancianos en Onil nuestra intención es ayudarte tanto a ti como a aquellas personas que necesitan atención.