Las personas mayores se han catalogado como un tesoro muy valioso. El paso de los años provoca cambios importantes en sus vidas y probablemente necesiten apoyo en muchos aspectos. Está claro que merecen un trato especial.

Cuidar a un familiar a veces puede ser algo complicado. En España, se han diseñado una serie de ayudas por tener una persona mayor a cargo. Quédate aquí y descubrirás en qué consisten y cómo podrás acceder a estas.

Un sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia

Atención a la dependencia

El cuidado y la protección de los ancianos es una responsabilidad compartida. Resulta pertinente propiciar el máximo bienestar durante las últimas etapas de sus vidas. En este particular, los familiares casi siempre tienen la intención de apoyarlos.

No obstante, suele ocurrir que no disponen de los recursos económicos, la experiencia y el tiempo suficiente para proporcionar el cuidado que corresponde. Se trata de satisfacer sus principales necesidades y que reciban una asistencia domiciliaria de calidad.

En función a esto, la Ley de Dependencia que entró en vigor en 2006 surgió para promover la autonomía personal y atender a las personas en situación de dependencia. Es decir, aquellas que tienen dificultades para realizar las actividades básicas de la vida diaria bien sea por la edad, enfermedad o discapacidad.

El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia funciona de manera coordinada. A través de una red de centros y servicios (públicos o privados) es posible promover la autonomía personal, así como dispensar la atención y protección respectiva a las personas en dicha situación.

Grados de dependencia que reconoce el ordenamiento jurídico

El ordenamiento jurídico español reconoce 3 grados de dependencia. Son los siguientes:

  • Grado I, Moderada: Necesita ayuda para desarrollar algunas rutinas diarias, la autonomía personal es limitada o intermitente.
  • Grado II, Severa: El cuidador presta apoyo en diferentes momentos del día aunque su asistencia no es indispensable a toda hora. El adulto mayor consigue realizar varias actividades básicas por sí mismo.
  • Grado III, Gran dependencia: La persona mayor necesita ayuda continua para efectuar las actividades básicas diarias. Presenta una pérdida total de su autonomía desde el punto de vista físico, intelectual, sensorial o mental.

Acceso al sistema

Requisitos

Las personas mayores, con limitaciones para valerse por sí mismas, tendrán el derecho de acceder a servicios y prestaciones que contribuyan a mejorar su autonomía personal. Ante todo, será necesario que el órgano facultado proceda a evaluar el grado de dependencia.

La determinación del grado de dependencia estará sujeta a estas cuestiones:

  • El solicitante debe vivir legalmente en España y estar empadronado por alguna localidad.
  • Procederá a rellenar el formulario y a anexar el informe de salud debidamente avalado por un médico.
  • Concertar la visita domiciliaria con el profesional reconocido por los servicios sociales. Este especialista asumirá las siguientes responsabilidades:
    • Evaluar la situación de la persona mayor, el nivel de dificultad para realizar las tareas cotidianas. Por ejemplo, las relacionadas con el aseo personal, cocinar, limpieza del hogar, movilidad, reconocimiento de objetos o personas, orientación y compresión.
    • En función a lo anterior, determinará su grado de dependencia. El evaluador tendrá en cuenta el baremo correspondiente.
    • Diseñar un programa de atención que se ajuste a las necesidades particulares del adulto mayor.

Solicitud de ayudas por tener una persona mayor a cargo

El trámite respecto al grado de dependencia es completamente diferente a la solicitud de una ayuda. Las ayudas monetarias para personas mayores pueden gestionarse a nivel estatal o autonómico.

  • Estatal: En esta categoría se incluyen las pensiones no contributivas de jubilación, los servicios y prestaciones sin límites de edad, así como las subvenciones a beneficiarios de centros para personas dependientes.
  • Autonómico: Tendrá en cuenta la validación del grado de dependencia. La cuantía de la ayuda puede variar en función al grado y la comunidad autónoma. De igual modo, se establecerá un compromiso de permanencia y formación del cuidador propuesto.

El cuidado de los adultos mayores estará sujeto a ciertos estándares de calidad. La ley establece que la gestión de las prestaciones y ayudas nacen para responder a las necesidades de esta población vulnerable.

Los cuidadores particulares asumen el cuidado de sus adultos con profesionalidad. Dedican buena parte de su tiempo y esfuerzos a atenderlos, siempre asegurando su máximo bienestar. En tal sentido, pueden tramitar una compensación dineraria y valerse de las ayudas disponibles para facilitar la tarea.

En caso de que necesites ayuda para gestionar el proceso y adaptar tu situación familiar a la Ley de Dependencia, busca apoyo en los especialistas cualificados de SADA. Con mucho gusto, te orientarán durante todo el camino para que consigas el apoyo que requieres a favor de tu ser amado.

Principales ayudas

Conforme a la ley, los mayores con un grado de dependencia debidamente reconocido podrán recibir ciertas ayudas. Algunas de las más destacadas son:

  • Prevención: Establecer condiciones mínimas adaptadas a las necesidades de los mayores. Crear entornos adecuados y libres de riesgo. Asegurar la correcta prevención de caídas en ancianos o añadir cualquier otro mecanismo de seguridad que sea pertinente.
  • Ayuda a domicilio: Cumple una función asistencial. Atiende de manera personal al usuario en lo que respecta al desarrollo de sus actividades cotidianas, así como la oportuna ejecución de las tareas domésticas.
  • Teleasistencia: Proporciona la debida asistencia a los beneficiarios. El programa está destinado a asegurar la intervención inmediata en caso de que se produzca alguna crisis personal, médica o de tipo social. Se sirve de las tecnologías para la interacción en tiempo real.
  • Centro de día y de noche: Ofrece atención integral y personalizada indistintamente del horario. Está destinado a proporcionar asesoramiento a los cuidadores, necesidades de prevención, rehabilitación, apoyo asistencial o personal, promoción de la autonomía o afines.

La formación y cualificación de profesionales y cuidadores es otro aspecto que está contemplado en la norma reguladora. Los poderes públicos se encargarán de promover las acciones formativas y los programas que sean necesarios para que los responsables del cuidado estén correctamente preparados. Se trata de que propicien un trato digno y acertado.

Prestaciones económicas

Ayuda económica

El otorgamiento de la prestación económica estará vinculado a un servicio específico. En caso de que no esté disponible ninguno que sea de carácter público, la persona mayor podrá ingresar al servicio de asistencia privada.

La mencionada normativa contempla que los cuidadores no profesionales o familiares cercanos también tendrán la posibilidad de recibir la prestación monetaria por tener una persona a cargo. Esto, siempre que cumplan con las condiciones adecuadas de convivencia y habitabilidad de la vivienda.

Asimismo, se considerará el grado de la persona en situación de dependencia y su capacidad económica. El cuidador obligatoriamente tiene que ajustarse a las normas relacionadas con la afiliación, el alta y la cotización a la Seguridad Social determinadas en el ordenamiento jurídico.

La cuantía de las prestaciones será acordada por el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y aprobada por el Gobierno mediante Real Decreto.